jueves, 11 de febrero de 2010


LA AMPLIACIÓN DEL BELLAS ARTES NO ES UNA
CUESTIÓN DE ESTÉTICA SINO DE LEGALIDAD

Para no confundir a los ciudadanos y ante las posturas aparecidas en prensa, por parte de los arquitectos responsables de la ampliación del Museo de Bellas Artes de Badajoz, del Ayuntamiento, Diputación de Badajoz y Junta de Extremadura, la Asociación Amigos de Badajoz quiere dejar claro que no se trata de una cuestión de estética sino de legalidad, tanto desde el punto de vista de la Ley de Patrimonio y Ley del Suelo, como desde la normativa aplicable en materia del Plan General de Urbanismo de Badajoz.

Normativa aplicable:

Ley de Patrimonio de Extremadura:
Art. 33: “Cualquier intervención en un inmueble declarado Bien de Interés Cultural habrá de ir encaminada a su protección, conservación y mejora”.

Art. 38: “El volumen, tipología, morfología o cromatismo de las intervenciones en el entorno de los monumentos no puede alterar el carácter arquitectónico y paisajístico de la zona, ni perturbar la contemplación del Bien”.
Ley del Suelo:
Art. 138: “Las construcciones en lugares inmediatos o que formen parte de un grupo de edificios de carácter artístico, histórico, arqueológico, típico o tradicional habrán de armonizar con el mismo…”
Art. 87: “ Serán sancionados con multa del 5 al 10 por 100 del valor de la obra proyectada la realización de construcciones en lugares inmediatos o que formen parte de un grupo de edificios de carácter artístico- histórico, arqueológico, típico o tradicional que, infringiendo las correspondientes normas o régimen jurídico de protección, quebranten la armonía del grupo, o cuando produzcan el mismo efecto en la relación con algún edificio de gran importancia o calidad de los caracteres indicados…”
Art. 34.1: “El Alcalde dispondrá la suspensión de los efectos de una licencia u orden de ejecución y consiguientemente la paralización inmediata de las obras iniciadas a su amparo, cuando el contenido de dichos actos administrativos constituya una infracción urbanística grave…” Y es evidente que hacer un edificio de cristal y hormigón en pleno corazón del Barrio Histórico y rodeado de edificios protegidos es una infracción urbanística grave.

Normativa Urbanística
Además, el nuevo Plan General de Badajoz en materia de Urbanismo contempla de forma clara la preservación de las características arquitectónicas definitorias en las zonas del Casco Antiguo, siendo ésta de la Plaza de la Soledad y calle Duque de San Germán de las más delicadas al darse cita en ella dos Bienes de Interés Cultural, como son el Real Monasterio de Santa Ana y el propio Museo de Bellas Artes, y varios edificios protegidos de los más notables, como la Ermita de la Soledad, La Giralda, Las Tres Campanas y El Conservatorio de Música.

El edificio del Museo de Bellas Artes aparece en el plano C3a “Categorías del Patrimonio” como BIC (Bien de Interés Cultural) y en el plano C6a “Niveles de Protección del Patrimonio Edificado” con nivel “B” de protección.
Este edificio es, por su arquitectura elegante y sobria y sus nobles estancias interiores, uno de los ejemplos de estilo clasicista diseñados en el Badajoz en el S. XIX. Por ello es un edificio protegido, dándosele en el nuevo PGU la categoría de Bien “Inventariado”, y recibiendo como decimos el “Nivel de Protección B”, que es el segundo grado de protección más importante tras el de los monumentos declarados Bien de Interés Cultural, como son la Alcazaba y la Catedral. Este nivel de protección, denominado “Protección Tipológica en grado 1” en el nuevo Plan de Urbanismo es el asignado a los edificios cuyo valor resida principalmente en su estructura tipológica y morfológica, reflejadas en la disposición y composición de los elementos comunes, como estructura, acceso, vestíbulos o zaguanes, patios, escaleras, y exteriormente en fachada. Este mismo Plan dice textualmente que “cualquier intervención irá encaminada a su protección tipológica” “Se respetarán todas las características esenciales del inmueble…” La protección llega, curiosamente, hasta el punto de que no se autorizan obras que modifiquen los materiales, acabados y composición de la fachada, exigiéndose una actuación unitaria, e incluso prohibiendo colocar cualquier tipo de rótulo en su fachada. Algo que quedaría totalmente desvirtuado y alterado si al lado le colocamos un edificio totalmente de cristal con remate de hormigón perforado que lo engulle literalmente.
El edificio que se pretende construir está justo en el límite del “Entorno A” de protección de un BIC -como es el Real Monasterio de Santa Ana que por ley tiene además 100 metros de protección a su alrededor- situándose en un “Entorno B” de protección, que es el más alto después del que afecta a los BIC. En este nivel de protección el PGU exige que cuando se haya de construir de nueva planta por sustitución de un edificio, como es el caso que nos ocupa, “se exigirá una adecuada integración con el entorno”.
Conclusión

Por todo ello consideramos que la fachada de cristal y hormigón visto propuesta para construir la ampliación del Museo de Bellas Artes vulnera claramente la Ley de Patrimonio, la Ley del Suelo y el nuevo Plan General de Urbanismo, por lo que solicitamos que se intervenga en este grave asunto y se exija un nuevo planteamiento de fachada de acuerdo con la legalidad vigente.

Parece evidente pensar que la ley y las normas están hechas para todos (ciudadanos e instituciones). Pretender levantar en la Plaza de la Soledad un moderno edificio de cristal y chapa perforada contradice la ley y menosprecia a los ciudadanos a los que cuando vienen a vivir al Casco Antiguo se les exige que cumplan con todas las normativas urbanísticas. ¿Con qué criterio el Ayuntamiento puede autorizar a una institución lo que le prohíbe al ciudadano de a pie? Nos preguntamos que si la Junta construye un cubo de hormigón blanco en una Alcazaba árabe del S. XII y la Diputación un edificio de cristal en la Plaza de la Soledad…¿Para quién están hechas las normas y las leyes?

Desde la Asociación Amigos de Badajoz apelamos a la buena voluntad y a la responsabilidad de la Diputación Provincial, Junta de Extremadura y Ayuntamiento para cambiar la fachada del edificio a construir, ajustarse a la legalidad, y dar salida a este problema.

Junta Directiva de la Asociación Amigos de Badajoz